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Por decreto: Nuevas retenciones al agro.

El Gobierno Nacional decidió modificar las retenciones para los productos agropecuarios, eliminando el límite de 4 pesos por dólar vigente y llevándolas a un 9%. En el caso específico de la soja, las retenciones alcanzan al 27% (en la actualidad estaba tributando un 18% más los 4 pesos por dólar).

El Gobierno Nacional decidió modificar las retenciones para los productos agropecuarios, eliminando el límite de 4 pesos por dólar vigente y llevándolas a un 9%. En el caso específico de la soja, las retenciones alcanzan al 27% (en la actualidad estaba tributando un 18% más los 4 pesos por dólar).

El decreto publicado este sábado en el Boletín Oficial, establece: “Déjase sin efecto el límite de PESOS CUATRO ($ 4) por cada dólar estadounidense, establecido en el artículo 2° del Decreto N° 793 del 3 de septiembre de 2018 y sus modificaciones”. Luego añade: “Desde la fecha de publicación del Decreto N° 793 del 3 de setiembre de 2018 se produjo un deterioro del valor del PESO con respecto al DÓLAR ESTADOUNIDENSE, lo que ha representado, al 10 de diciembre de 2019, una devaluación mayor al 60%”.

El ministro de Agricultura, Luis Basterra, detalló respecto de la política del oficialismo hacia el campo: “Queremos que produzca materia prima como base de cadenas de agregación de valor para que el trabajo argentino adquiera relevancia y sea parte de la dinamización de la economía argentina y lo que hemos visto es que Mauricio Macri tuvo que apelar a las retenciones porque se quedó sin crédito”.

“El campo es generador de dólares para pagar la deuda de Argentina, que es algo central para poder tener equilibrada la macroeconomía”, insistió el funcionario. Y concluyó: “Todos los sectores que más tienen van a seguramente tener que hacer mayor esfuerzo de los que menos tienen que realmente están atravesando una situación angustiante”.

El decreto 37/2019 considera que “la aplicación de derechos de exportación e importación constituye un instrumento esencial de la política económica nacional” y que “teniendo en cuenta la grave situación por la que atraviesan las finanzas públicas, resulta necesaria la adopción de urgentes medidas de carácter fiscal que permitan atender, al menos parcialmente, las erogaciones presupuestarias con recursos genuinos”.

Como medida complementaria, se publicó también una resolución del Ministerio de Agricultura que anuncia el cierre del registro de exportaciones el lunes. De acuerdo con la norma 196, “considerando que el Gobierno Nacional ha adoptado la decisión de proceder a modificar algunos de los derechos de exportación” y ante la “necesidad de preservar la transparencia del mercado mientras se procede a adoptar dicha medida”, se torna recomendable la suspensión temporaria del Registro de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE), detalla.

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Resolución 196/2019

RESOL-2019-196-APN-MAGYP

Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2019

VISTO el Expediente N° EX-2019-110369021- -APN-DGDMA#MPYT del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Resolución N° 128 del 14 de noviembre de 2019 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional ha adoptado la decisión de proceder a modificar algunos de los derechos de exportación.

Que la necesidad de preservar la transparencia del mercado mientras se procede con la adopción de dicha medida, torna recomendable la suspensión temporaria del Registro de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE).

Que asimismo, resulta necesario comunicar lo así dispuesto a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le corresponde.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente en virtud de lo dispuesto por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Suspéndese por el día 16 de diciembre del corriente año, la registración de las “Declaraciones Juradas de Venta al Exterior” (DJVE) a la que se refiere el artículo 2° de la Resolución N° 128/19.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a fin de que adopte los recaudos necesarios en el SISTEMA INFORMÁTICO MALVINA (SIM), resultantes de lo dispuesto en el artículo 1° de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Eugenio Basterra

e. 14/12/2019 N° 97403/19 v. 14/12/2019

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