El máximo tribunal desestimó un recurso de revocatoria en la causa que impulsaba el Centro de Ex combatientes de La Plata para que los abusos que sufrieron los soldados por parte de sus mandos durante la Guerra de Malvinas sean considerados como delitos de lesa humanidad, y advirtió que el Tribunal “se ve impedido de pronunciarse sobre la cuestión de fondo”.
En un escrito de tres carillas, la Corte ratificó la sentencia que dictó el pasado 19 de febrero, en la cual confirmaba una decisión de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, que en noviembre de 2009 dictó la prescripción de la acción penal.
“Toda vez que dicha sentencia no fue oportunamente recurrida ni por la fiscalía ni por quienes promovieran la actual revocatoria, quedó firme lo allí decidido. Ello importa un obstáculo insalvable respecto de cualquier posibilidad de revisión de dicho fallo en el futuro”, sostiene un fallo firmado por los magistrados Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco.
Y al respecto, en el texto de la resolución se consigna que “el fallo que declaró la prescripción de la acción penal fue una lisa y llana aplicación de aquella doctrina, cuyo acierto o error no podía ser actualmente revisado por esta Corte”.
“Bajo tales condiciones, este Tribunal se vio impedido de expedirse hasta el momento sobre el fondo”, puntualiza la sentencia.