La Sala I de la Cámara de Apelaciones del fuero en lo CAyT resolvió mantener la vigencia de la medida cautelar, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.
Con fundamento en la sentencia desfavorable de primera instancia Establecimientos Campana había solicitado el levantamiento de la medida cautelar, lo que fue denegado en primera instancia y ahora confirmado por la Alzada.
Ante la decisión imparcial y ecuánime por parte de la Magistrada Lidia E. Lago, los vecinos de Parque de los Patricios, denunciaron la gravedad de la sentencia que rechaza la acción de amparo y la postura arbitraria que tomó sobre el final de la resolución la jueza. Sin escuchar a los vecinos y basándose sólo en el informe de la CAAP (Consejo Asesor Asuntos Patrimoniales) que desestima edificios patrimoniales sin ningún tipo de fundamentos y actas que respalden las decisiones por las cuales desestiman el Patrimonio de la Ciudad de Buenos Aires. Con el agravio de desconocer la ley de teatros y el régimen de protección de la actividad teatral.
Pedimos la anulación de su pronunciamiento y esperamos que la Cámara de Apelaciones revise y revierta esta sentencia a donde se nota claramente la arbitrariedad de la jueza, que roza la inconstitucionalidad. Pedimos la nulidad absoluta de la resolución del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales (CAAP) que desestima al inmueble. También señalamos que de ser necesario recurriremos al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad y la Corte Suprema de Justicia de la Nación.